Libres de Deuda, abogados especialistas en Ley de Segunda Oportunidad, ha liberado otra deuda en Sevilla. La Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Sevilla. Plaza nº 2, ha acordado la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) de José María que había acumulado una deuda de 57.835,00 euros a la que no podía hacer frente.
José María se divorció en 2015, estableciéndose un régimen de custodia compartida de sus dos hijas. La vivienda familiar quedó como domicilio de las menores, alternando su uso ambos progenitores, lo que supuso para él un notable incremento de gastos: además de su parte de la hipoteca, tenía que costear una segunda residencia de alquiler durante los periodos en los que no le correspondía el uso del inmueble.
Pese a esa nueva realidad, mantuvo una conducta diligente y cumplió puntualmente con sus obligaciones. En abril de 2019, ante una mejora de sus ingresos, solicitó financiación para reorganizar su economía, cancelar deudas anteriores y disponer de liquidez para los gastos derivados de su situación familiar. La decisión se adoptó dentro de una previsión razonable de capacidad de devolución, sin que existiera entonces indicio alguno del deterioro posterior.
Pocos meses después, en septiembre de 2019, quedó en situación de desempleo. Logró reincorporarse en enero de 2020, pero la recuperación fue efímera: dos meses más tarde, con la irrupción de la pandemia, volvió a quedarse sin trabajo durante un periodo prolongado. La reducción sostenida de ingresos le impidió atender con regularidad las cuotas y se generaron intereses de demora y recargos que fueron incrementando la deuda. A ello se sumó el encarecimiento de la vivienda cuando en 2023 tuvo que cambiar de domicilio por causas ajenas a su voluntad.
Buscando reducir la presión financiera, él y su expareja acordaron vender el inmueble que aún tenían en común, y José María destinó lo obtenido a amortizar parte de la deuda pendiente. Cuando la situación parecía estabilizarse, en 2024 sufrió una enfermedad que le obligó a causar baja laboral y a someterse a una intervención quirúrgica, incompatible con su profesión de conductor. Llegó a recurrir a la ayuda de familiares para seguir cumpliendo, pero la prolongación de la incapacidad hizo insostenible esa dinámica. Ante una insolvencia derivada de circunstancias laborales y médicas sobrevenidas, la Ley de la Segunda Oportunidad le permitió liberarse de esa carga y recuperar la tranquilidad.