Si estás trabajando y recibes una nómina, quizá pienses que no puedes acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad. La realidad es totalmente diferente: sí puedes acogerte a la Ley.
Contar con una fuente de ingresos estable no te excluye del procedimiento: la clave es que, incluso con tu nómina, no puedas hacer frente a tus deudas. En Libres de Deuda analizamos tu caso para comprobar si cumples con los requisitos y ayudarte a reordenar tu situación financiera con una solución legal y viable.
Aunque percibas una nómina, lo decisivo no es tu salario, sino, si tus ingresos no alcanzan para pagar todas tus deudas de forma regular y sostenible. Cuando existe ese desequilibro, se da una situación de insolvencia, que es el requisito esencial para iniciar el procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad. Por eso, tener trabajo no te impide poder acogerte si la carga financiera supera tu capacidad real de pago.
Según tu nivel de ingresos y el patrimonio disponible, la Ley de la Segunda Oportunidad distingue dos vías y para fijar cuál es la que más se adapta a tu situación, el juez valora la capacidad real de pago, las cargas familiares y los gastos esenciales (vivienda, hijos, suministros y necesidades básicas), garantizando un mínimo para vivir con dignidad.
Aplica cuando la persona deudora no tiene bienes que puedan venderse para pagar la deuda y tampoco tiene dinero sobrante cada mes después de cubrir sus gastos básicos. En estos casos, si cumple los requisitos legales, puede solicitar la cancelación de sus deudas exonerables, sin necesidad de asumir un plan de pagos.
Ejemplo: una persona sin vivienda en propiedad, sin bienes de valor y con ingresos justos para vivir.
Aplica cuando la persona deudora sí puede pagar una parte de sus deudas, aunque no pueda pagarlas todas, o cuando interesa conservar algún bien, como la vivienda habitual.
En este caso, se propone al juzgado un plan de pagos adaptado a su capacidad económica, que puede durar hasta 5 años. Durante ese tiempo paga una cantidad asumible y, al finalizar, la parte de deuda exonerable que no haya podido pagar puede quedar cancelada.
Ejemplo: una persona con nómina que puede pagar una pequeña cantidad mensual, pero no puede asumir toda la deuda.
Disponer de un empleo no te cierra la puerta a la Ley de la Segunda Oportunidad. De hecho, es habitual que muchas personas con nómina recurran a este mecanismo legal, cuando pese a disponer de ingresos estos no son suficientes para cubrir sus obligaciones de forma sostenible.
Si es tu caso, la Ley puede convertirse en una solución real para recuperar la estabilidad y empezar de nuevo con seguridad jurídica.
En Libres de Deuda proporcionamos asesoría jurídica especializada, transparente y personalizada, en materia de la Ley de la Segunda Oportunidad, acompañándote en cada etapa del proceso. Contáctanos hoy y comienza tu segunda oportunidad.